Para entender qué estamos tratando, es importante conocer el término, la ergonomía es la actividad de carácter multidisciplinaria encargada de la conducta y las actividades, con la finalidad de adecuar los productos, sistemas, puestos de trabajo y entornos, a las características, limitaciones y necesidades del trabajador, buscando optimizar su eficacia, seguridad y confort.
Asociando la ergonomía al área agrícola, es una rama de la prevención de riesgos que ha tenido un lento avance, tanto por las características propias del trabajo durante la temporada agrícola, como por la falta de conocimiento en cuanto a este tema.
Durante la época de cosecha, existen numerosas tareas que requieren gran esfuerzo físico, lo que sumado a la necesidad de producción y de remuneración, provoca la adopción de posturas forzadas y antinaturales, las que a su vez, generan lesiones músculoesqueléticas.
Es por esto que el rubro agrícola es desafiante desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, ya que el trabajo por temporada es contra reloj y entre las necesidades de producción por parte de los empleadores y la necesidad de remuneración de los trabajadores, se pasan por alto muchas veces los correctos protocolos al momento de llevar a cabo las tareas.
Es importante para los empleadores generar tácticas que den cumplimiento a lo que la ley establece, de modo que se vean respaldados por las distintas acciones que tomen, para regular el trabajo desde el punto de vista ergonómico.
Para esto, existen acciones fáciles de implementar y que no requieren una gran inversión económica, que pueden hacer una diferencia importante en cuanto a seguridad laboral.
Manejo manual de cargas
Ejemplo de lo antes mencionado, es el manejo manual de cargas, que se encuentra regulado por la Ley N° 20.001, conocida como la “ley del saco”, donde se establecen las cargas máximas que las personas pueden levantar.
Artículo N° 211:
- Hombres: 50 kilógramos.
- Mujeres: 20 kilógramos.
- Menores de 18 años: 20 kilógramos.
- Embarazadas y tercera edad: 0 kilógramos.
Un control periódico y minucioso de estas limitaciones de levantamiento de cargas, podría disminuir las lesiones y/o ausencias de los trabajadores durante la temporada de gran carga laboral en la agricultura, además de la debida capacitación y obligación de informar (O.D.I.), establecida en el Decreto Supremo N° 40, en su artículo N° 21, esto viene a ser el único respaldo que el empleador tiene de la gestión de riesgos realizada en sus faenas.
Las empresas agrícolas debieran adoptar la visión de que la seguridad es un factor importante dentro de la producción, ya que si se protege la integridad y seguridad del trabajador, evitamos pérdidas en la continuidad de los procesos propios de la empresa, se disminuyen las contrataciones posteriores al inicio de la temporada, mejoramos los tiempos de producción y entre otras cosas, nos dirigimos hacia un mejoramiento continuo que trae resultados positivos para ambas partes. La prevención es parte importante de la cadena de producción y debe dársele la importancia que requiere.